
Compartimos con todos ustedes documentos oficiales que buscan traer luz acerca de las actuales condiciones de trabajo.
El primero es una circular que aporta definiciones respecto del trabajo remoto o teletrabajo, y en qué condiciones se debe realizar.
El segundo aborda una serie de preguntas vinculadas al mundo del trabajo, en el contexto de las actuales condiciones sanitarias. Por ejemplo:
¿Las madres que no pueden asistir al trabajo por encontrarse cerrada la sala cuna tienen derecho a remuneración?
Conforme lo dispone el artículo 203 del Código del Trabajo es el empleador el que tiene la obligación de proporcionar la sala cuna. Lo anterior implica que si la sala cuna no está funcionando y el empleador no puede cumplir con su obligación le corresponderá otorgar las facilidades correspondientes para que la trabajadora pueda cuidar a su hijo. En el evento que no pueda dar estas facilidades para cuidar a su hijo y por dicho motivo la trabajadora no puede asistir a trabajar, no correspondería hacer descuento alguno.
Para ver y descargar los documentos, sólo deben presionar los siguientes botones.
STProvidencia Sindicato de Trabajadores de la Corp de Desarrollo de Trabajadores de Providencia
