sábado , 6 junio 2026

Superintendencia: Retiro del 10%

Superintendencia de Pensiones instruyó procedimiento definitivo para entregar fondos a los afiliados que soliciten retiro.

La SP determinó que las administradoras deberán tener implementado el procedimiento a partir de las 09.00 horas del próximo jueves 30 de julio de 2020.

Además, les autorizó informar a los afiliados que hasta el 2 de agosto próximo las solicitudes de retiro se deberán presentar de manera remota.

En su oficio, la autoridad instruyó que las administradoras deberán habilitar en el HOME de cada uno de sus sitios web institucionales un acceso que conduzca directamente a una aplicación informática para el ingreso de las solicitudes de retiro de fondos.

Las AFP deberán diseñar un formato único de solicitud, el que deberá contener la misma información a los afiliados y beneficiarios, junto con entregar los mismos mensajes. La información que deberán solicitar es la siguiente: número de cédula de identidad y su serie o número de documento, domicilio completo (opcional), teléfono y correo electrónico, la modalidad de pago requerida, además de las respectivas instrucciones de llenado.

La aplicación informática deberá consultar al solicitante si desea realizar el monto máximo de retiro (equivalente al 100% de los recursos que puede retirar, según establece la reforma constitucional), con alternativas de respuesta “Sí” o “No”. Si la persona selecciona “No”, lo que implica que hará un retiro parcial, se le deberá permitir seleccionar o ingresar el porcentaje del retiro que quiere efectuar calculado respecto del máximo permitido en la reforma constitucional.

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