
Estimados socios y socias:
Como organización sindical, consideramos fundamental recordar que el respeto por los tiempos de trabajo y descanso constituye un elemento esencial de las condiciones laborales dignas que corresponden a todas y todos los trabajadores. En este sentido, la legislación laboral chilena reconoce el derecho a la desconexión, entendido como el respeto de los períodos en que las personas se encuentran fuera de su jornada laboral, resguardando su salud y su vida personal y familiar.
El Código del Trabajo, especialmente a partir de las modificaciones introducidas por la Ley N° 21.220, establece que las y los trabajadores tienen derecho a un período de desconexión, durante el cual no están obligados a responder comunicaciones, órdenes ni requerimientos de carácter laboral fuera de su jornada. Este principio busca evitar la extensión indebida del trabajo y promover un adecuado equilibrio entre la vida laboral y personal.
En este contexto, y con el objetivo de resguardar estos principios, la directiva sindical informa que:
- El horario de atención de la oficina sindical será de lunes a jueves, de 10:00 a 19:00 horas, previa citación. Asimismo, se informa que el horario de colación de la secretaria corresponde entre las 13:00 y las 14:00 horas.
- La atención vía telefónica se realizará de lunes a jueves dentro del horario anteriormente señalado y el viernes de 10:00 a 14:00 horas.
Asimismo, se comunica que durante fines de semana, feriados y períodos de vacaciones no se realizará atención ni se responderán llamados telefónicos.
La presente medida tiene por finalidad establecer límites claros respecto de los tiempos de trabajo y descanso, en concordancia con los derechos laborales reconocidos por la normativa vigente, así como con el compromiso de nuestra organización de promover una cultura de respeto hacia los espacios de descanso.
Como directiva sindical, hacemos un llamado a todas y todos nuestros socios a respetar estos horarios, comprendiendo que la desconexión no constituye un privilegio, sino un derecho laboral reconocido y necesario para el bienestar de las y los trabajadores.
Agradecemos su comprensión y colaboración.
Directiva Sindical
STProvidencia Sindicato de Trabajadores de la Corp de Desarrollo de Trabajadores de Providencia