
Estimados y estimadas colegas:
DECLARACIÓN PÚBLICA
TIEMPOS, DERECHOS Y CONDICIONES DE TRABAJO
En estos días de inicio de año, en los distintos establecimientos de la comuna se han presentado situaciones que consideramos complejas. Ante ellas compartimos información clave a tener en cuenta:
PERMISOS ADMINISTRATIVOS:
Los permisos administrativos son parte de la legislación nacional y por tanto se rigen por normativas superiores a las disposiciones particulares de cada establecimiento. Sumado a lo anterior, en particular, la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, posee un protocolo de solicitud de permisos administrativos, acordado con el Sindicato de Trabajadores de Providencia, en donde se precisan las distintas disposiciones asociadas a su solicitud. Es importante tener presente este información en tanto hemos recibido información en torno a disposiciones de las y los Directores de algunos establecimientos en relación a normar de manera diferente la solicitud y aprobación de los permisos administrativos. Las disposiciones indicadas por aquellos Directores, no pueden contradecir ni superar lo correspondiente a la legislación nacional y a protocolo reseñado.
DISTRIBUCIÓN HORARIO LECTIVO Y NO LECTIVO:
En relación a distribución de los tiempos lectivos y no lectivos, es necesario señalar que tanto la legislación nacional como el Convenio Colectivo firmado por el Sindicato con la CDS indican que como máximo el 60% de las horas no lectivas pueden ser utilizadas para reuniones o trabajo no relacionado con planificación, preparación de clases y corrección de evaluaciones. De este modo, a lo menos el 40% de las horas no lectivas debe ser de exclusivo uso para actividades relacionadas con la planificación, creación de material, revisión de evaluaciones, etc. Este 40% no puede ser utilizado con reuniones u otras actividades no lectivas. Así también es central precisar que el tiempo no lectivo no puede ser utilizado para cuidado de estudiantes en actividades de recreos u hora de almuerzo, tampoco para el cuidado de cursos ante ausencia de un o una colega.
JORNADA Y HORARIO DE TRABAJO
Han existido establecimientos que han informado de diferentes propuestas de modificación o reorganización de la jornada de trabajo (cambios de horarios de salidas, formas de retribución de la hora asociada a reunión de apoderados, etc.). Es relevante mencionar que no pueden existir modificaciones unilaterales a las indicaciones de un contrato, ya sea una clausula escrita o una clausula tácita. En estos casos es clave coordinar los apoyos legales para revisar la situación y activar los mecanismos que pueden proteger el derecho de los y las trabajadoras. Como ya se ha hecho, las organizaciones firmantes estamos disponibles para atender y acompañar este tipo de situaciones.
Es de conocimiento público que los tiempos docentes siempre han sido y son insuficientes. En cualquier circunstancia, las y los profesores debemos trabajar en casa postergando tiempos personales y familiares. En este contexto, buscar mecanismos para modificar las condiciones de desarrollo de nuestros tiempos no lectivos, sin resguardos de su mejor uso para el desarrollo de nuestras labores, es un abuso de la Corporación de Desarrollo Social.
Las posibilidades de tener las condiciones de trabajo que hoy sustentamos han sido parte de procesos de organización, movilización y negociación del que todos y todas hemos sido parte. Defender estos avances, es tarea de todos y todas en tanto cada retroceso limita nuestra posibilidad de seguir avanzando en dignificar y mejorar nuestras condiciones de trabajo. Las organizaciones firmantes reiteramos nuestro compromiso con los y las colegas, con la defensa del trabajo digno y el desarrollo de condiciones base para el trabajo pedagógico.
SINDICATO DE TRABAJADORES DE PROVIDENCIA
COMUNAL PROVIDENCIA COLEGIO DE PROFESORES
STProvidencia Sindicato de Trabajadores de la Corp de Desarrollo de Trabajadores de Providencia
