{"id":3006,"date":"2020-05-20T17:15:29","date_gmt":"2020-05-20T21:15:29","guid":{"rendered":"https:\/\/stprovidencia.cl\/web\/?p=3006"},"modified":"2020-05-20T17:01:44","modified_gmt":"2020-05-20T21:01:44","slug":"comentarios-clases-covid-19","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/stprovidencia.cl\/web\/comentarios-clases-covid-19\/","title":{"rendered":"Comentarios: Clases \/ Covid-19"},"content":{"rendered":"<p><img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" class=\"aligncenter size-full wp-image-3007\" src=\"https:\/\/stprovidencia.cl\/web\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/banner-covid19.png\" alt=\"\" width=\"660\" height=\"351\" srcset=\"https:\/\/stprovidencia.cl\/web\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/banner-covid19.png 660w, https:\/\/stprovidencia.cl\/web\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/banner-covid19-300x160.png 300w, https:\/\/stprovidencia.cl\/web\/wp-content\/uploads\/2020\/05\/banner-covid19-310x165.png 310w\" sizes=\"auto, (max-width: 660px) 100vw, 660px\" \/><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p><strong><em>A continuaci\u00f3n les compartimos un interesante an\u00e1lisis realizado por el abogado Cristi\u00e1n Pizarro, donde aborda la tem\u00e1tica \u00abClases y Covid-19\u00bb<\/em><\/strong><\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n<p>Estimados,<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Espero que se encuentren muy bien, as\u00ed como sus familias y que por supuesto, est\u00e9n cumpliendo con las medidas de distanciamiento f\u00edsico y con la cuarentena en la medida que puedan. Me he tomado un tiempo para poder ir recopilando normativa relacionada al actual contexto de pandemia y tomar sus temas y t\u00f3picas mas importantes por lo que este correo es para\u00a0hablar del problema del tele-trabajo o tele-clases, algo as\u00ed\u00a0ata\u00f1e a todo el sistema escolar y a todo establecimiento sin importar si es municipal, particular o particular subvencionado. Por lo que primero es importante aclarar que solo las clases presenciales se encuentran suspendidas, en consecuencia, no hay calendario escolar que cumplir y por tanto todas las obligaciones emanadas de ello (como los interferiados)\u00a0desparecen, pero sin embargo la obligaci\u00f3n\u00a0de ambas partes, prestar el servicio educacional por parte del establecimiento y hacer pago o copago en caso de los otros establecimientos a\u00fan se mantiene vigente.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">A pesar de ello la\u00a0inspecci\u00f3n\u00a0del trabajo no ha prohibido la asistencia a prestar funciones que no sean\u00a0esenciales\u00a0(a menos que se trata de lugares bajo cuarentena) por lo que bajo algunos supuestos se puede citar (con las medidas de seguridad apropiadas) a prestar funciones presenciales.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Recordar tambi\u00e9n que las labores del docente se encuentran reguladas en el Estatuto Docente dividi\u00e9ndola en funciones de docencia directiva y de docencia propiamente tal; las primeras ocupadas de lo atingente a la direcci\u00f3n, administraci\u00f3n, supervisi\u00f3n y coordinaci\u00f3n de la educaci\u00f3n, y que conlleva tuici\u00f3n y responsabilidad adicionales directas sobre el personal docente, paradocente, administrativo, auxiliar o de servicios menores, y respecto de los alumnos; mientras que las segundas son las que lleva a cabo el docente directamente en los procesos sistem\u00e1ticos de ense\u00f1anza y educaci\u00f3n, lo que incluye el diagn\u00f3stico, planificaci\u00f3n, ejecuci\u00f3n y evaluaci\u00f3n de los mismos procesos y de las actividades educativas generales y complementarias que tienen lugar en las unidades educacionales de nivel parvulario, b\u00e1sico y medio, estas pueden ser lectivas o no lectivas.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Por otro lado, la Superintendencia de Educaci\u00f3n, \u00f3rgano fiscalizador del cumplimiento de la normativa educacional en Chile, ha dictaminado que si bien la Ley General de Educaci\u00f3n no permite la prestaci\u00f3n de servicios educativos en condiciones inferiores a lo dispuesto por la misma normativa, ello no obsta\u00a0 a que el establecimiento pueda verse paralizado por situaciones sanitarias excepcionales, pero que durante la duraci\u00f3n de esta , se mantengan en funcionamiento, en los locales de los establecimientos educacionales\u00a0 ciertos servicios que, no siendo esencialmente educativos, se den en el concierto de la prestaci\u00f3n del servicio educacional como por ejemplo las clases no presenciales, la entrega de\u00a0gu\u00edas\u00a0o el\u00a0env\u00edo\u00a0de contenido pedag\u00f3gico\u00a0a\u00a0trav\u00e9s\u00a0de diversas plataformas.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Recomiendo en este caso hablar de educaci\u00f3n\u00a0a distancia y no de educaci\u00f3n\u00a0online, debido a que puede que el servicio se preste de diversas maneras y que todas se encuentran amparadas por los diversos instrumentos legales.<\/p>\n<p style=\"font-weight: 400;\">Cabe analizar entonces cual es la forma en que se pondr\u00e1 en pr\u00e1ctica la tele funci\u00f3n docente. Mirando experiencias internacionales y asumido el contexto chileno en medio de la crisis sanitaria que vivimos recomiendo que las determinaciones puedan ser las siguientes:<\/p>\n<ol>\n<li>Cada docente debe asumir las asignaturas con los respectivos cursos y niveles que les fueron entregadas cuando comenz\u00f3 el a\u00f1o escolar, entregando gu\u00edas y haciendo acompa\u00f1amiento por medios digitales que est\u00e9n disponibles.<\/li>\n<li>El encargado de UTP, verificar que las gu\u00edas y trabajos dados est\u00e9n acorde a los focos de aprendizajes establecidos,<\/li>\n<li>El director o directora debe supervisar y coordinar el trabajo con su equipo pedag\u00f3gico y de gesti\u00f3n, atendiendo al aprendizaje de sus estudiantes y apoy\u00e1ndolos psicol\u00f3gicamente especialmente, en el contexto es que nos encontramos de los docentes<\/li>\n<li>Otros Directivos deben acompa\u00f1ar a los docentes y colaborar de acuerdo a lo dispuesto por el director del establecimiento, especialmente regularizando el trabajo administrativo, revisando reglamentos y protocolos.<\/li>\n<\/ol>\n<p>En cuanto al \u00e1mbito netamente t\u00e9cnico pedag\u00f3gico, recordar que el Ministerio de Educaci\u00f3n maneja un curriculum priorizado y que dada la contingencia es necesario girar desde una ense\u00f1anza basada en los resultados del plan regular a una ense\u00f1anza de acompa\u00f1amiento y contenci\u00f3n, asumiendo que no se cumplir\u00e1n con los objetivos trazados regularmente<\/p>\n<p>Para el caso de los Asistentes de la Educaci\u00f3n, entendidos de acuerdo a la ley 21.109 como todos aquellos que colaboran en el desarrollo del proceso de ense\u00f1anza y aprendizaje de los estudiantes y la correcta prestaci\u00f3n del servicio educacional, a trav\u00e9s de funciones de car\u00e1cter profesional distintas de aquellas establecidas en el en el estatuto docente.<\/p>\n<p>Es sabido tambi\u00e9n que los asistentes de la educaci\u00f3n se clasifican de acuerdo a su funci\u00f3n como profesionales, t\u00e9cnicos, administrativos y auxiliares, por lo que en raz\u00f3n de lo ya mencionado para los docentes, deber\u00e1n cumplir con las siguientes funciones:<\/p>\n<ol>\n<li>El encargado de convivencia escolar y las duplas psicosociales deber\u00e1n levantar la informaci\u00f3n de todos los alumnos y alumnas y su estado en medio de la crisis (si poseen o no conexi\u00f3n a internet, si tienen alguna dificultad anexa, si se encuentran contagiados, etc).<\/li>\n<li>Los administrativos y t\u00e9cnicos, solo ser\u00e1n llamados en caso de que se necesiten labores de atenci\u00f3n a los apoderados y estudiantes de manera presencial<\/li>\n<li>Los auxiliares ser\u00e1n llamados en caso de que se necesiten para labores de cuidado de las escuelas.<\/li>\n<li>Los profesionales del PIE deben construir herramientas pedag\u00f3gicas personalizadas para apoyar a cada uno de sus estudiantes<\/li>\n<\/ol>\n<p>Desde el punto de vista de la convivencia escolar es necesario que puedan mirar sus protocolos de cyberbulling y sus acompa\u00f1amientos desde la psicolog\u00eda o salud mental para ir brindando cercan\u00eda a ni\u00f1os y apoderados.<\/p>\n<p>Les dejo algunos contenidos para que puedan analizar y quedo atento a sus preguntas y comentarios.<\/p>\n<p>Saludos<\/p>\n<p>Christian Pizarro M.<br \/>\nAbogado<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>&nbsp; A continuaci\u00f3n les compartimos un interesante an\u00e1lisis realizado por el abogado Cristi\u00e1n Pizarro, donde aborda la tem\u00e1tica \u00abClases y Covid-19\u00bb &nbsp; Estimados, Espero que se encuentren muy bien, as\u00ed como sus familias y que por supuesto, est\u00e9n cumpliendo con las medidas de distanciamiento f\u00edsico y con la cuarentena en la medida que puedan. 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